El ex magistrado provincial llegó a juicio acusado de no motivar las investigaciones para esclarecer el secuestro y las torturas que sufrió Héctor Cevinelli y la muerte de Alberto Carvajal, torturado en el Penal de Chimbas, en 1977.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de San Juan condenó a dos años de inhabilitación al exjuez provincial Juan Carlos Caballero Vidal por no promover acción penal en perjuicio de dos víctimas durante la última dictadura cívico-militar. El exmagistrado había llegado a juicio acusado de no motivar las investigaciones para esclarecer el secuestro y las torturas que sufrió Héctor Cevinelli y la muerte de Alberto Carvajal, quien fue torturado en el Penal de Chimbas, ambos casos ocurridos en 1977. Además, se le fijó al exmagistrado el pago de costas del proceso.
En el debate, el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el fiscal Francisco Maldonado. De acuerdo a lo que comunicó el Tribunal -compuesto por los jueces Daniel Doffo, Eliana Rattá y María Carolina Pereira-, los fundamentos de la sentencia se conocerán dentro de diez días hábiles.
Caballero Vidal llegó al juicio acusado de haber participado en dos hechos. En el primero de ellos, Héctor Cevinelli fue secuestrado de su hogar en presencia de su esposa, que acudió a un abogado para que interpusiera habeas corpus tanto en el fuero federal como en el provincial, donde el imputado oficiaba de juez. Una vez que Cevinelli apareció con vida, el abogado se presentó al juzgado para informar la noticia, donde el magistrado le habría manifestado que “sabía que Cevinelli no tenía nada que ver con la subversión y que tenía muchas posibilidades de aparecer”. El abogado, testigo en el juicio, contó que al referirle al entonces juez de primera instancia que quedaba pendiente la investigación sobre el robo de la moto y otros efectos personales de su defendido, Caballero Vidal le dijo: “supongo que tendrán poderosas razones para olvidarse de todo lo acontecido”. Añadió que ello ocurrió mientras sacaba una pistola 9 milímetros del cajón y la ponía sobre el escritorio.
El segundo hecho juzgado del debate estuvo relacionado con la muerte del militante Alberto Carvajal, quien fue asesinado luego de sufrir torturas en el interior del penal de Chimbas. De acuerdo a la acusación, el ex juez ordenó realizar la autopsia del cuerpo sin profundizar la investigación en los motivos de muerte, para que el hecho aparentara un suicidio. Según el abogado Carlos Bula, Caballero Vidal manifestó que había ordenado la realización de la autopsia por pedido del entonces jefe del Regimiento de Infantería de Montaña 22, aunque no prosiguió con la investigación referida a su muerte a pesar de que en la autopsia aparecían diversos indicios de que el fallecimiento había sido causado por terceros.
En su alegato, el fiscal Francisco Maldonado había destacado que durante el proceso quedó demostrado que tanto Cevinelli como Carvajal fueron víctimas de crímenes de lesa humanidad y que estos crímenes estaban constituidos no solo por el secuestro y las torturas que ambos padecieron, sino también por las conductas que permitieron que sucedieran. En ese sentido, que Caballero Vidal “no investigara las conductas denunciadas y de las de resultaron víctimas tanto Cevinelli como Carvajal se erige en una conducta ilícita que se entroncó dentro del ataque sistemático desplegado desde el terrorismo de Estado, formando parte del mismo”, sostuvo el representante del MPF.
Maldonado destacó que ambas víctimas fueron escogidas en “función de la siniestra labor del aparato de inteligencia desplegado desde la represión ilegal estatal” ejecutada por el Departamento de Informaciones Policiales (D2) de la provincia de San Juan. “No solo las víctimas no fueron escogidas al azar, sino que los delitos que se reprochan a Caballero Vidal en este juicio se enmarcaron dentro de ese plan sistemático, que tenía el objetivo común de acometer contra las víctimas por razones políticas o ideológicas, y luego procurar la impunidad de sus autores”, marcó en el alegato el fiscal.